Becas de Prácticas remuneradas en distintas Dirs. Grals. del Ministerio de Educación (Plazo: consultar)

Becas de Prácticas remuneradas en distintas Dirs. Grals. del Ministerio de Educación


Organismo: Ministerio de Educación y FP

Requisitos:

Tener la condición de titulado requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero del 2017.

Varios tipos de plazas con diferentes requisitos

PERFIL 10: Evaluación y análisis de datos (3 becas)

  • Grado en Matemáticas, Estadística, Sociología, Psicología, Psicopedagogía o Educación, o grados equivalentes a los anteriores

PERFIL 15: Actividades relacionadas con la elaboración, gestión y tramitación de convocatorias públicas y contratación de servicios y encargos para el desarrollo de programas educativos (1 beca)

  • 1º prioridad: Titulados universitarios en Derecho, Gestión y Administración Pública, Economía, Administración y Dirección de Empresas. 2º prioridad: Otras titulaciones superiores en el ámbito de las Ciencias Sociales y Jurídicas.

PERFIL 6: Actividades relacionadas con la gestión administrativa en el ámbito educativo (4 becas)

  • Técnico/a superior o Titulado/a universitario

PERFIL 2: Evaluaciones nacionales del sistema educativo y Eurydice‐REDIE (2 becas)

  • Grado universitario o equivalente y además estar en posesión de un título de Máster universitario oficial relacionado con la Educación en las etapas de Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria. Y competencia lingüística en inglés equivalente a un B2 del MCERL acreditado, o superior.

PERFIL 3: Actividades relacionadas con la formación permanente del profesorado y los recursos educativos (9 becas)

  • Titulaciones superiores con el Máster Universitario en Formación del profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación profesional y Enseñanzas de idiomas Y competencia lingüística en inglés equivalente a un B2 del MCER (acreditado).

PERFIL 5: Actividades relacionadas con la gestión de programas educativos de la cooperación territorial y convivencia escolar (4 becas)

  • Titulaciones superiores con el Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, o CAP correspondiente.

PERFIL 7: Actividades relacionadas con la innovación en educación para el Desarrollo Sostenible y la Educación para la Ciudadanía Mundial (1 beca)

  • Titulaciones superiores con el Máster Universitario en Formación del profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación profesional y Enseñanzas de Idiomas

PERFIL 16: Actividades relacionadas con el análisis, la elaboración y la gestión de proyectos educativos y/o de trabajo en colaboración (1 beca)

  • 2º prioridad: Otras titulaciones superiores con el Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, o CAP correspondiente.

Hay meritos valorables para cada beca que puntuan para la concesión de la misma (ver convocatoria completa en el enlace)

Solicitudes:

La solicitud se realizará mediante formulario de inscripción, disponible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional ( https://sede.educacion.gob.es/sede  ). A dicho formulario se adjuntará, en formato electrónico, la siguiente documentación preceptiva:
a) Título, orden supletoria, o certificado de estar en  condiciones para su expedición, o bien autorización para que el órgano competente pueda recabarlo a través de la Plataforma de Intermediación.
b) Certificado académico oficial con expresión de las materias superadas y las calificaciones obtenidas.
c) Otros certificados acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Anexo I.

d) Documentos justificativos de los méritos alegados en la solicitud.
e) “Currículum Vítae” en formato EUROPASS https://europa.eu/europass/es , u otro similar.
f) Carta de motivación, en aquellos perfiles de becas en los que la selección conste de una sola fase y no se realice entrevista.

En la solicitud, los aspirantes harán constar la nota media ponderada del expediente académico. En los casos en que en el expediente académico no figure la expresión numérica completa, el candidato deberá calcularla obligatoriamente aplicando la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, a partir de las equivalencias que se especifican a continuación, y dividida por el número de créditos totales obtenidos: Aprobado: 5 PUNTOS; Notable: 7 PUNTOS: Sobresaliente: 9 PUNTOS; Matrícula de Honor: 10 PUNTOS; Titulación Convalidada: los PUNTOS correspondientes en función de la calificación obtenida en los estudios previamente cursados; en su caso, debe incluirse si se ha obtenido premio extraordinario, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título, y en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Cada aspirante podrá optar por tres perfiles de becas de la misma convocatoria, presentando una única solicitud, con indicación del orden de preferencia en caso de resultar seleccionado en varios perfiles. El desistimiento o la renuncia posterior a cualquiera de los perfiles incorporados en la solicitud se entenderá que afecta a la totalidad de los perfiles.

Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva en formato electrónico se procederá a su presentación en el Registro Electrónico del Ministerio de Educación y Formación Profesional, mediante DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 22.4 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar directamente, por vía telemática, los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, de modo que las solicitudes no deberán aportar dichas certificaciones. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo en ese caso presentar el beneficiario los certificados justificativos del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 95.1 k) de la Ley General Tributaria.

Dotación:

  • La persona en prácticas recibirá 1.078,98 euros mensuales.

Comentarios:

  • Las becas de formación tendrán una duración máxima de hasta doce meses.

Plazo de presentación: 16/05/2022 o 17/05/2022 (consultar al Ministerio) (Susceptible a error de cálculo, comprobar siempre)

Bases:

Si te presentas a esta convocatoria y consigues este empleo infórmanos para llevar un control de la utilidad de este servicio: ¡GRACIAS!

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