Premio Emprendedoras -Ayuntamiento de Madrid

Organismo: Ayuntamiento de Madrid
Requisitos:
Podrán participar en el “Premio emprendedoras 2022” las empresas (personas físicas o jurídicas) que reúnan los siguientes requisitos:
1. Deberá ser pyme, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003.
2. No estar participada en más de un 25% por otra empresa. Si está participada en menor porcentaje, la participante debe ser también una pyme.
3. Estar constituida en alguna de las siguientes formas jurídicas:
• Persona física: empresaria individual o autónoma, emprendedora de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
• Persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.
4. Estar participadas en más del 50% por mujeres. Más del 50% de las acciones o participaciones de la empresa tiene que estar en posesión de mujeres.
5. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2017. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre que al premio se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acreditado que ésta se ha iniciado entre el 1 de enero de 2017 y el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
6. Estar facturando en enero de 2022.
7. Disponer de un proyecto empresarial que sea original, creativo, disruptivo e innovador, con o sin base tecnológica, orientado a cubrir necesidades en diferentes ámbitos (medioambiente, salud y bienestar, gastronomía, educación, comercio, moda, finanzas, comercio electrónico, turismo, industria, infraestructuras, logística, energía o similares.
8. Contar con un servicio o un prototipo de producto testado en el mercado con resultados ya medidos o medibles.
Con carácter general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, podrán acceder a la condición de beneficiarias de este premio aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Bases:
Solicitudes:
a) Las personas jurídicas deberán presentar la solicitud obligatoriamente de forma electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
En cumplimiento del artículo 68.4 de la Ley 39/2015, si la solicitud fuera presentada presencialmente, se le requerirá para que subsane tal hecho a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará la fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación de este hecho.
b) Las personas físicas podrán optar por presentar la solicitud de forma electrónica, en los términos indicados en el apartado anterior, o de manera presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid y demás entidades previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de optar por presentar la solicitud y documentación correspondiente en alguna de las entidades previstas en el citado precepto deberán remitir, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en esta convocatoria, un correo electrónico a emprendedores@madrid.es adjuntando certificación de la entidad correspondiente en la que conste fecha y hora de presentación. En cualquier caso, la solicitud y documentación deberá ser recibida por la Dirección General de Innovación y Emprendimiento en un plazo de 10 días naturales siguientes a su presentación.
Dotación:
Se concederá el premio a la “Emprendedora del año 2022” dotado económicamente con 20.000 euros.
Además, los patrocinadores del premio dotarán este premio con:
• Womenalia: entrevista en Womenalia.com, redacción y publicación de un artículo dentro de la plataforma Womenalia.com (+300.000 usuarias registradas), y difusión en redes sociales del artículo y la entrevista.
• Asociación Española de Mujeres Empresarias (ASEME): cuota gratuita de socia durante 1 año y difusión en dicha asociación.
• Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM): difusión en la web y redes sociales, así como un fin de semana en un hotel de 5 estrellas de Madrid y una experiencia gastronómica en el mismo hotel (para 2 personas 2 noches).
• Universidad Rey Juan Carlos: programa de mentoring.
• Onda Madrid: entrevista radiofónica.
Se concederán dos premios a las finalistas con una dotación económica de 10.000 euros para cada una.
Además, los patrocinadores del premio dotarán estas dos finalistas con:
• Womenalia: entrevista en Womenalia.com, redacción y publicación de un artículo dentro de la plataforma Womenalia.com (+300.000 usuarias registradas), y difusión en redes sociales del artículo y la entrevista.
• Asociación Española de Mujeres Empresarias (ASEME): cuota gratuita de socia durante 1 año y difusión en dicha asociación.
• Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM): difusión en la web y redes sociales, y una experiencia gastronómica o Wellness en un hotel (para 2 personas).
• Universidad Rey Juan Carlos: programa de mentoring.
• Onda Madrid: entrevista radiofónica.
Se concederán 15 accésits, dotados económicamente con 4.000 euros cada uno de ellos, en las siguientes categorías:
1. Emprendedora más joven
2. Emprendedora “silver”
3. Emprendedora madrileña
4. Emprendedora con el proyecto más tecnológico
5. Emprendedora con el proyecto más innovador
6. Emprendedora con el proyecto de mayor impacto medioambiental
7. Emprendedora con el proyecto de mayor proyección internacional
8. Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito de la salud
9. Emprendedora de la red de viveros de empresas del Ayuntamiento de Madrid
10. Emprendedora con el mejor proyecto en el sector Food Tech
11. Emprendedora con el proyecto de mayor potencial de crecimiento
12. Emprendedora con el mejor elevator pitch
13. Emprendedora con el mejor proyecto del sector HORECA
14. Emprendedora con el mejor proyecto del área STEM
15. Emprendedora con la mejor política de Responsabilidad Social Corporativa (RSC)
Los premios principales y los accésits son compatibles, de forma que una misma empresa podrá ser elegida para el premio o ser finalista a “Emprendedora del año 2022” y ser galardonada con uno o varios accésits.
En caso de que no existiera ninguna candidata para optar a alguna de las categorías previstas para los accésits, el jurado podrá optar por nombrar una segunda ganadora en alguna de las restantes categorías o dejarla desierta.
Además, los patrocinadores del premio dotaran los accésits con:
• Asociación Española de Mujeres Empresarias (ASEME): dotará los 15 accésits con la cuota gratuita de socia durante 1 año y difusión en dicha asociación.
• Onda Madrid: dotará los 15 accésits con una entrevista radiofónica.
• Womenalia: dotará los 15 accésits con la redacción y publicación de un artículo dentro de la plataforma Womenalia.com (+300.000 usuarias registradas), y difusión en redes sociales del artículo.
Las entidades colaboradoras del Premio Emprendedoras 2022 se comprometen a materializar su aportación en especie en el plazo máximo de 3 meses, contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo para el abono del premio correspondiente, establecido en la base decimocuarta.
Igualmente, las entidades colaboradoras están obligadas a presentar antes de la finalización del cuarto mes del plazo indicado en el párrafo anterior, un informe que justifique la materialización de su aportación en especie.
Comentarios:
Es un premio de ámbito nacional.
Plazo de presentación: 04/06/2022 (Susceptible a error de cálculo, comprobar siempre)
- Anexo Bases Premio EmprendedorasPDF, 157 Kbytes
- Versión en PDF de este anuncio PDF
- BOAM nº 9121 (20/04/2022) – Documento completo PDF, (643 Kbytes)
- BOCM 20 de abril: Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto de la convocatoria pública del “Premio Emprendedoras 2022” del Ayuntamiento de Madrid aprobada por decreto de 8 de abril 2022, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (PDF)
Si te presentas a esta convocatoria y consigues este empleo infórmanos para llevar un control de la utilidad de este servicio: ¡GRACIAS!
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