Grupo I: Titulados superiores.
• Deberán estar en posesión del Título Universitario de Segundo Ciclo Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado u oficialmente equivalente.Grupo II: Titulados de grado medio.
• Estar en posesión del Título Universitario Oficial de Grado o Título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos, Formación Profesional de tercer grado u oficialmente equivalente). De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
Solicitudes:
La presentación de solicitudes se efectuará exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca https://sede.usal.es, según los artículos 3.2, 4 y concordantes del Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015 y de la Ley 40/2015 (BOCYL de 31 de octubre de 2016), para lo cual deberán disponer de un certificado de firma electrónica de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede https://sede.usal.es/web/guest/requisitos-tecnicos.
Atender a requisitos específicos de cada plaza en los anexos de las bases.
BOE, Núm 277, 18/11/2019
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