Acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras del profesorado funcionario de carrera, en prácticas e interino de los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional (Plazo: 20 de noviembre de 2019)

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Acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras del profesorado funcionario de carrera, en prácticas e interino de los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Convoca u organiza:
 Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León
Descripción general:
 La presente resolución tiene por objeto convocar, en el curso 2019/2020, la acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras que facultará al profesorado señalado en el apartado segundo.1 para impartir áreas, materias o módulos no lingüísticos en los programas de educación bilingüe de los siguientes centros públicos dependientes de la Comunidad de Castilla y León:
  1. Secciones lingüísticas del idioma inglés en centros de infantil y primaria e institutos de educación secundaria derivadas del Convenio de 1 de febrero de 1996 suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council, creadas en virtud de la Orden de 10 de junio de 1998 del Ministerio de Educación y Cultura, de la Orden EDU/884/2004, de 8 de junio, de la Orden EDU/1141/2005, de 2 de septiembre y de la Orden EDU/585/2014, de 1 de julio.
  2. Secciones bilingües de los idiomas alemán, francés, inglés, italiano y portugués en los centros docentes públicos, creadas en virtud de la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, por la que se regula la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Información:
 1. El profesorado que desee participar en la presente convocatoria deberá reunir los siguientes requisitos:
  1.  Pertenecer al cuerpo de maestros, catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria o profesores técnicos de formación profesional, como funcionarios de carrera o en prácticas, o encontrarse en alguna de las listas vigentes, como personal interino, de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad ya sea de convocatorias ordinarias o extraordinarias, correspondiente al cuerpo o cuerpos por los que participa.
  2. Depender del ámbito territorial de gestión de la administración de la Comunidad de Castilla y León. Igualmente podrá solicitar la acreditación el personal docente perteneciente a los cuerpos enumerados en la letra a) que procediendo de otra administración educativa se encuentre, en el presente curso escolar, desempeñando sus funciones en comisión de servicios en un centro docente público o en un servicio de apoyo al mismo dependiente del citado ámbito territorial.
  3. Poseer alguna de las titulaciones académicas o de las certificaciones de nivel acreditativas del dominio de la lengua extranjera equivalente al nivel B2 o superior del marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL) indicadas en el Anexo I. En el caso de las certificaciones de nivel, deberá acreditarse como mínimo el nivel B2 en todas las competencias objeto de certificación.
  4. Que no se haya dictado resolución por parte de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, dejando sin efecto la acreditación lingüística que, en su caso, se hubiera obtenido, salvo que alegue título o certificado que acredite un nivel lingüístico superior a la citada acreditación lingüística dejada sin efecto.
Fin de plazo: 20 de noviembre de 2019.
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