Becas en el Instituto Cervantes
El Instituto Cervantes convoca 44 becas de formación que tienen como finalidad formar especialistas en las distintas tareas del Instituto Cervantes, relacionadas con la promoción de la enseñanza, el estudio, el uso de la lengua y de la cultura española e hispanoamericana en el exterior; la adquisición de conocimientos prácticos en sistemas de información, de gestión, de difusión y gestión cultural, incluidas las de carácter administrativo y de asesoramiento jurídico.
Las becas comenzarán desde la incorporación de los becarios tras la notificación de la resolución de concesión de las mismas, y tendrán una duración de 12 (doce) meses naturales, pudiendo ser prorrogadas por otros 12 (doce) meses más, previo informe favorable de la dirección de área competente, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la citada Orden.
La presentación de solicitudes se formalizará en el modelo que figura como anexo II en esta convocatoria, disponible en la página web y en la sede electrónica del Instituto Cervantes, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Se presentará una solicitud individualizada por cada una de las becas a la que se presente el candidato.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
Copia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
Copia del título académico exigido y certificado del expediente académico. En el caso de títulos extranjeros, copia de la credencial de homologación, expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En el caso de candidatos que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar poseer un Diploma de Español como Lengua Extranjera DELE C1 o el Certificado del Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española SIELE con una puntuación total de un mínimo de 800 puntos.
Curriculum vitae, con una extensión máxima de tres folios, acompañando copia de los documentos acreditativos de los requisitos específicos.
Resumen de los méritos académicos (anejo II) y copia de los documentos acreditativos de los mismos
En el caso de las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, que deberá marcarse en el anejo II, para que el Instituto Cervantes obtenga estas de forma directa, a través de certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones indicadas.
Declaración, marcando la casilla correspondiente al efecto indicada en el anejo II, de poseer capacidad funcional para el desempeño de la beca, así como declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones. 2.- Las solicitudes de las becas, junto con la documentación a que se refiere el punto anterior y la acreditativa de los méritos de cada beca solicitada, que se detallan en el anejo I, se dirigirán a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Cervantes, pudiéndose presentar en el Registro 4 General del dicho organismo (calle Alcalá, 49; con entrada por calle Barquillo, 4; 28014, Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a través de la sede electrónica del Instituto Cervantes (https://sede.cervantes.gob.es)
Pueden solicitar estas becas los titulados universitarios de grado, licenciado, ingeniero o arquitecto, en las materias y especialidades relacionadas con las becas objeto de la convocatoria. Las becas se desarrollarán en las sedes del Instituto Cervantes de Madrid y/o de Alcalá de Henares (Madrid).
Boletín Oficial
BOE 15/04/2019
Dotación
La cuantía de las becas será de 818 euros brutos mensuales.
El plazo de inscripción será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE: 10 de mayo de 2019
Publicadas bases reguladoras en el Orden AEC/365/2017, de 10 de abril, publicada en el BOE de 25 de abril de 2017.
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