Ayudas matrícula curso posgrado Especialista en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos- CIS
Organismo: CIS
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de matrícula previstas en la presente orden las personas físicas, con plena capacidad de obrar, que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea, o bien ser nacional de terceros países que desarrolle su labor investigadora en España.
- Estar en posesión del título español de graduado o licenciado o titulaciones equivalentes expedidas por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. En el caso de los títulos obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, será necesaria la previa homologación de sus títulos o reconocimiento del grado académico antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Haber sido seleccionado para tomar parte en el «Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS».
- No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El solicitante acreditará esta circunstancia en una declaración responsable que adjuntará a la solicitud, en el modelo que figurará como anexo a la convocatoria de estas ayudas.
- No padecer ninguna enfermedad, ni limitación física o psíquica, que le imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como beneficiario de la ayuda recibida.
Asimismo, los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La presentación de las solicitudes conllevará la autorización de los solicitantes para que el órgano instructor compruebe de forma directa esta circunstancia. No obstante lo anterior, el solicitante podrá denegar expresamente dicho consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las correspondientes certificaciones que acrediten el cumplimiento de este requisito. En todo caso, esta situación deberá quedar acreditada con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de las ayudas.
Los solicitantes deberán presentar cumplimentada una declaración responsable de que no cuentan con otro tipo de beca o subvención simultánea, pública o privada, de similares características.
Solicitudes:
El procedimiento de concesión de las ayudas de matrícula se iniciará de oficio mediante convocatoria pública aprobada por Resolución de la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas, que incluirá asimismo la convocatoria del «Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS», para cuya matrícula se solicitan las ayudas. En la convocatoria de las ayudas figurará el contenido mencionado en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La Base de Datos Nacional de Subvenciones opera como sistema nacional de publicidad de estas ayudas, para garantizar el derecho de los ciudadanos a conocer todas las ayudas y subvenciones convocadas en cada momento y para contribuir a los principios de publicidad y transparencia fijados por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El plazo de presentación de las solicitudes para la concesión de las ayudas de matrícula del Curso de Posgrado se determinará en la convocatoria anual de referencia, y empezará a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo anexo a la convocatoria, se dirigirán a la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas y podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, los interesados que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través del registro electrónico de la página web del Ministerio dela Presidencia y para las Administraciones Territoriales, utilizando para ello la aplicación informática disponible en las direcciones http://sedempr.gob.es y http://www.mpr.es, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1009/2010, de 23 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia. Para que se considere que la solicitud ha sido recibida en tiempo y forma será necesario contar con resguardo acreditativo de lapresentación emitido por el Registro Electrónico.
La solicitud para la concesión de las ayudas de matrícula se presentará de forma conjunta con la solicitud para tomar parte en el Curso de Posgrado. Si la solicitud presentara errores subsanables, se requerirá al solicitante para que los subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, con la advertencia de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo Estimado de Presentación: 17/11/2017
Bases: BOE-251/18-10-2017
Convocatoria: BOE-273/ 10-11-2017
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