Becas de Prácticas en Gestión Pública (Política Agraria Común) – Ministerio de Agricultura (Plazo: 6 de noviembre de 2017)

 

Becas de Prácticas en Gestión Pública (Política Agraria Común) – Ministerio de Agricultura

 

 Organismo: Ministerio de Agricultura

Requisitos:

 

  1. Podrá ser beneficiario de las becas previstas en la presente orden aquella personafísica con plena capacidad de obrar que reúna las siguientes condiciones al día siguientede la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial delEstado»:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea residente en España y haber terminado los estudios a que se refiere el siguiente apartado en los cuatro años anteriores a la fecha indicada.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado o de máster (nivel 2 o  3  del  Marco  Español  de  Cualificaciones  para  la  Educación  Superior)  de  las ramas de conocimiento de Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, o  Ingeniería  y  Arquitectura,  o  un  título  equivalente  del  Espacio  Europeo  de  Educación Superior  (nivel  6  o  7  del  Marco  Europeo  de  Cualificaciones),  en  las  materias  y   especialidades relacionadas con las becas convocadas, en función de lo establecido en cada    Los  títulos universitarios  obtenidos  en  el  extranjero  o  en  centros españoles  no  estatales  deberán  estar  homologados  de  conformidad  con  el  Real Decreto  967/2014,  de  21  de  noviembre,  por  el  que  se  establecen  los  requisitos  y  el procedimiento  para  la  homologación  y  declaración  de  equivalencia  a  titulación  y  a  nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y producir plenos efectos jurídicos al día siguiente de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

c) Dominio del idioma español. Solo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España un periodo inferior a dos años.

d) Dominio del idioma inglés.

e) Manejo con  nivel  de  usuario  de  los  programas  informáticos  de  tratamiento  de texto, hoja de cálculo y presentaciones.

f) Tener menos de 30 años.

 

 

  1. No podrá concurrir a las convocatorias de becas derivadas de la presente orden aquella persona  que  haya  sido  becaria  del  FEGA  con  anterioridad.  Tampoco  podrá  ser   beneficiaria aquella persona incursa en alguna de las causas de prohibición previstas en  el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

 

 

Solicitudes:  

Las  solicitudes  de  las  becas  se  dirigirán  al  Presidente  del  FEGA  y  podrán   presentarse  en  el  Registro  General  de  dicho  organismo  (c/  Beneficencia,  n.º  8.  28071   Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1  de  octubre,  de  Procedimiento  Administrativo  Común  de  las  Administraciones  Públicas.   Asimismo, y de acuerdo con el artículo 14.1 de la precitada Ley 39/2015, de 1 de octubre,  los  solicitantes  podrán  optar  por  presentar  su  solicitud  a  través  de  medios  electrónicos,   debiendo dirigirla a la sede electrónica del FEGA (https://www.fega.es).

El  plazo  de  presentación  de  solicitudes  será  el  que  se  establezca  en  la   correspondiente convocatoria, y en ningún caso podrá exceder de dos meses, contados a partir de la fecha de publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

 

La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figurará como anexo en la  convocatoria,  y  deberá  ir  acompañada,  sin  perjuicio  de  otros  que  establezca  la  correspondiente convocatoria, de los siguientes documentos:

a) En el supuesto de que el solicitante haya hecho constar su oposición expresa a que se  consulte  el  Sistema  de  Verificación  de  Datos  de  Identidad,  copia  auténtica  del   Documento  Nacional  de  Identidad,  o  de  cualquier  otro  documento  equivalente  para  los   nacionales de otros países que acredite su personalidad y su residencia.

b) Copia auténtica  de  la  certificación  de  las  calificaciones  obtenidas  durante  la carrera universitaria.

c) Curriculum vitae  del  solicitante,  en  un  máximo  de  cuatro  hojas,  en  papel   normalizado DIN A4, adjuntando copia auténtica de los documentos acreditativos de los  méritos alegados y en el que consten, al menos, los siguientes apartados:

 

1.º Datos personales.

2.º Titulación académica y calificación obtenida.

3.º Formación de postgrado específica de las materias y estudios de especialización  distintos de su titulación específica.

4.º Experiencia práctica.

5.º Idiomas.

6.º Informática.

7.º Publicaciones.

d) Además deberán  incluir  todos  los  documentos  que  acrediten  los  requisitos   establecidos en el artículo 3, apartados b), c), d) y e). Dicha  documentación,  adjunta  a  la  solicitud,  podrá  ser  presentada  en  la  sede   electrónica del FEGA (https://www.fega.es).

 

  1. Cada candidato solo podrá solicitar una beca.

 

  1. La solicitud,  que  deberá  ir  firmada  por  el  solicitante,  incluirá  en  todo  caso  su  declaración, en los términos del artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de no  hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de  noviembre. Por lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad  Social,  el  solicitante  que  obtenga  la  condición  de  beneficiario  deberá  cumplimentar  lo  dispuesto al efecto en el artículo 11.1 de la presente orden.

 

  1. Será causa  de  inadmisión  de  la  solicitud  el  no  ajustarse  a  los  términos  de  la   convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de  la información solicitada.

 

  1. Toda la documentación se presentará en castellano o traducida de manera oficial al castellano.

 

  1. La documentación  presentada  por  el  aspirante  que  finalmente  no  haya  sido   seleccionado, podrá ser retirada por él o persona debidamente autorizada en la sede del  FEGA,  calle  Beneficencia,  n.º  8,  de  Madrid,  durante  un  plazo  máximo  de  tres  meses   contados a partir de la fecha en que se haga pública la concesión definitiva de las becas.  Transcurrido dicho plazo, la documentación se destruirá. Cuatro becas en el Area de Gestión Pública para Ingenieros Agrónomos o titulados con el master en ingeniería agronómica. Dos becas en el Area de Gestión Pública para titulados de grado en Derecho

 

Plazo Estimado de Presentación: 6 de noviembre de 2017

Bases: BOE Nº 187

Convocatoria

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