Beca de formación – Instituto de Estudios Fiscales (Plazo: 9 de mayo de 2017)

Beca de formación – Instituto de Estudios Fiscales

Organismo: Instituto de Estudios Fiscales

Requisitos:

Podrán concurrir a la convocatoria de estas becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea y que se encuentren al término del plazo de presentación de solicitudes en posesión del título de Grado, de acuerdo con el RD 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, o de Licenciado, Ingeniero, o titulación superior equivalente, dependiendo del Área solicitada. En los supuestos de haber obtenido la titulación en universidades extranjeras será necesaria la previa homologación o reconocimiento de título académico por resolución definitiva antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En todo caso, el título deberá haberse obtenido entre los años 2013 a 2017 (ambos incluidos).

 

Número de Becas: 5

 

Dotación de la Beca:

La cuantía individual de la beca será de 1.100 euros mensuales brutos, se abonará por mensualidades vencidas. Se efectuará la retención a cuenta del IRPF y de la cotización a la Seguridad Social. Período máximo de 12 meses, se iniciarán durante el mes de septiembre de 2017. Posibilidad de prórroga por un año más.


Solicitudes:

Las solicitudes se deberán de cumplimentar a través del formulario disponible en la web del IEF www.ief.es apartado BECAS. Una vez cumplimentado dicho formulario se deberá guardar el documento generado (PDF) e imprimirse para obtener la solicitud, que deberá firmar el solicitante (electrónicamente o de forma manuscrita). Junto con la solicitud así obtenida se adjuntará toda la indicada en el siguiente apartado.

Será necesario DNI electrónico o de cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones Públicas. Deberán adjuntarse todos los archivos que contengan la documentación a presentar debidamente firmados electrónicamente por el solicitante, incluida la solicitud obtenida del formulario web.

La mera cumplimentación del formulario en la web y la impresión de la solicitud generada no tendrán por si mismas validez, por ello ni se entenderá presentada ni admitida, mientras no sea debidamente firmada y tramitada, mediante el registro de la solicitud por cualquiera de las siguientes vías:

  • En el Registro de cualquier Administración Pública.
  • De forma electrónica a través de la subsede del IEF https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/IEF/Procedimientos/Paginas/default.aspx?IdProcedimiento=397&p=0.
  • Presencialmente en el Registro del IEF, Avda. Cardenal Herrera Oria, 378, planta baja, 28035 Madrid.
  • En las Oficinas de Correos, para ello deberá presentarse en sobre abierto y ser sellada y fechada la solicitud por el empleado de correos antes de que proceda a su certificación.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.

 

Documentación a presentar por los solicitantes:

  • Solicitud obtenida a través del formulario debidamente firmada de forma manuscrita o electrónica (no se admiten fotocopias).
  • Acreditaciones documentales de los méritos que guarden relación con los baremos de puntuación. No se valorarán los méritos que no hayan sido debidamente justificados. No se admite CV.
  • Certificación académica personal completa y acreditativa de los correspondientes estudios, en la que deberá constar:
    • fecha en que se han finalizado.
    • materias que constituyen el programa completo de la titulación correspondiente
    • calificaciones de los créditos o asignaturas superadas, sus fechas de obtención y
    • calificación media final.
    • Dicho certificado podrá sustituirse por una copia del expediente. No obstante, en el caso de resultar seleccionado deberá presentar el certificado académico personal oficial.
  • Fotocopia del D.N.I. para españoles o documento acreditativo de identidad para nacionales de países miembros de la Unión Europea (pasaporte, etc.).
  • No será necesaria la aportación del mismo, salvo que se deniegue expresamente al órgano instructor la consulta a la base de datos del Ministerio del Interior, mediante la casilla recogida en la solicitud a través del formulario web.
  • En el supuesto de actuar mediante representante, junto con la solicitud deberán acreditar la representación, mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. Para ello se marcará la casilla correspondiente en el formulario y se rellenarán los datos relativos a la persona del representante.

 

Plazo Estimado de Presentación: 9 de mayo de 2017

Bases

0 Comentarios

No hay comentarios aún

Puedes ser el primero para comentar esta entrada

Deja un comentario


Warning: Illegal string offset 'rules' in /srv/vhost/copyscyl.org/home/html/wp-content/themes/goodstart-theme/functions/filters.php on line 221